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Cambios de última hora

El pasado mes de diciembre, fue uno lleno de cambios a leyes que nos afectan contributivamente hablando.

El 16 de diciembre de 2009, se firmó la Ley Núm. 164 – Ley General de Corporaciones. Esta ley deroga la Ley Núm. 144 de 10 de agosto de 1995, para armonizar las corporaciones a las nuevas realidades corporativas y atemperarlas a los desarrollos comerciales tales como los avances tecnológicos. Toda corporación organizada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de PR debe radicar anualmente ante el Departamento de Esta-do, a no más tardar del día 15 de abril, un informe certificado por un oficial autorizado, un director o el incorporado. Uno de los cambios más sobresalientes de esta ley es la información a incluir con el Informe Anual de Corporaciones.

Este informe deberá con-tener un estado de situación preparado conforme a las normas de contabilidad generalmente aceptadas que demuestre la situación económica de la corporación al cierre de sus operaciones debidamente auditado por un Contador Público Autorizado (CPA) con licencia del Estado Libre Asociado de PR, que no sea accionista ni empleado de tal corporación, junto con la opinión correspondiente de dicho Contador Público Autorizado, siempre y cuando el volumen de negocios sobrepase de tres millones de dólares ($3,000,000).

Si la corporación es una sin fines de lucro y sin acciones de capital, o una corporación con fines de lucro cuyo volumen de negocio no sobre pase de tres millones de dólares ($3,000,000), el estado de situación deberá ser uno compilado por un Contador Público Autorizado (CPA) con licencia del Estado Libre Asociado de PR, que no sea accionista ni empleado de tal corporación, junto con el informe correspondiente de dicho Contador Público Autorizado.

El Informe Anual debe con-tener una relación de los nombres y direcciones postales, dos oficiales de la corporación, que incluya al que firma el informe, en funciones a la fecha de la radicación del informe y las fechas de vencimiento de sus respectivos cargos, entre otros. Este informe debe ser acompañado de un comprobante de rentas in-ternas por concepto de derecho de radicación por una suma que en ningún caso será menor de cien dólares ($100); en el caso de corporaciones sin fines de lucro el comprobante de rentas internas en ningún caso será menor de diez dólares ($10). Recuerde que la multa por no radicar el Informe Anual  de corporaciones sin fines de lucro o con fines de lucro, varía desde $100 hasta $1,000, y de $500 hasta $2,000 por informe no radicado, respectivamente.

Luego, el 22 de diciembre de 2009, se firmó la ley Núm. 194, para enmendar, entre otras cosas, varias secciones de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada. Esta ley es mejor conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico”.

Entre los cambios significativos de vigencia inmediata están: 

  1. Prórroga automática: Se extiende el término de treinta días de prórroga automática de individuos, sucesiones y fideicomisos, a tres (3) meses a partir de la fecha límite de radicación de planillas. Recuerde es una prórroga para la radicación de la planilla NO para el pago, evite los recargos e intereses.
  2. Planilla anual del IVU: Se elimina el requisito de radicación de la planilla anual sobre ventas y uso.
  3. Forma de pago del IVU: Todo comerciante con un volumen de ventas igual o mayor de quinientos mil ($500,000) dólares anuales, deberá remitir el impuesto sobre ventas y uso mediante transferencia electrónica.
  4. Contribución Básica Alterna a Individuos: se le impone una contribución sobre el ingreso neto sujeto a contribución básica alterna de 10%, 15% y 20%, si el ingreso neto sujeto a contribución básica alterna fuere de $75,000 pero no mayor de $125,000; en exceso de $125,000 pero no mayor de $175,000; y en exceso de $175,000, respectivamente.
  5. Contribución Estimada: cambian los requisitos, cómputo y fechas de radicación de la contribución estimada por individuos.

Recuerde estos son algunos de los cambios dentro de esta ley. Otros de los cambios tendrán vigencia para periodos contributivos comenzados luego del 31 de diciembre de 2009, por lo cual se estarán discutiendo más tarde.

Elizabeth Negrón – CPA
787-280-2635

 

Contabilidad de su negocioLa importancia de la contabilidad de su negocio.

Por: José H. Lebrón, CPA

En estos momentos en que vivimos es mas importante tomar control de los negocios y saber donde se esta parado para poder tomar las decisiones correctas dentro de su negocio y poder superar esta época difícil.  Hoy día hay que velar por cada centavo del negocio y como es invertido para poder maximizar su rendimiento y que mejor forma de llevar al máximo este proceso que automatizando la contabilidad de su negocio.

Debemos tratar en lo que sea posible de tener un sistema contable que les permita tomar decisiones rápido, acertadas y eficientes, para esto mi recomendación es que establezcan un sistema de contabilidad diario y se utilice un programa de los muchos que hay para procesar su contabilidad.  En el mercado hay varios programas que le permiten tener control del uso de los fondos de su negocio, mantener inventario y procesar la nomina.  Hay que considerar el uso de la tecnología y los sistemas que tenemos para evitar tener que ir a un banco o agencia de gobierno a realizar un pago que de forma electrónica, a tiempo y con evidencia tangible podemos realizar desde la comodidad de su hogar o negocio.  Estos servicios le permitirán destinar su tiempo en lo verdadero importante de su negocio que es la dedicación de su tiempo en las estrategias de mercadeo e introducción de otros productos y mantener la contabilidad al día.

La contabilidad, es el elemento más importante en toda empresa o negocio, pues permite conocer la realidad económica y financiera de la empresa, su evolución, sus tendencias y lo que se puede esperar.  La contabilidad no sólo permite conocer el pasado y el presente de una empresa, sino el futuro.

La contabilidad permite tener un conocimiento y control absoluto de la empresa. La contabilidad es mucho más que unos libros y estados financieros que se tienen para presentárselos a las diferentes agencias del gobierno, para el pequeño comerciante, la contabilidad no es más que un gasto que tratan de evitar por todos los medios.  Pero ignoran que es la herramienta que les permitirá administrar correctamente su efectivo, sus inventarios, sus cuentas por cobrar y por pagar, sus pasivos, sus costos y gastos y hasta sus ingresos.

Tener el conocimiento global la empresa, y de cómo funciona, permite el empresario tomar mejores decisiones, anticiparse a situaciones difíciles, o poder prever grandes oportunidades que de otra manera no puede tomar y por lo tanto no podrá aprovechar.

La contabilidad, es sin duda la mejor herramienta que se puede tener para conocer a fondo su empresa, consulte con su contable de que forma se puede automatizar la contabilidad de su negocio, que le incluyan servicios como deposito directo de nomina, pagos al seguro social y contribuciones retenidas de empleados o servicios prestados de forma electrónica e instalen un sistema de contabilidad acorde a sus necesidades, esto le ayudara mucho en este año 2010 y venideros.

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