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SegurosResponsabilidad Dueños de Residencias

Si alguien se accidenta en tu casa ¿Qué pasa?

Una de las metas principales que tenemos los puertorriqueños es “hacernos” de nuestra propia casa.  Usualmente, al adquirir una propiedad, pensamos en las nuevas responsabilidades con las que nos comprometemos: pago de la hipoteca, impuestos, pago por reparaciones de la estructura, gastos de mantenimiento, electricidad, agua, entre otros.  Pero hay otro compromiso del cual no estamos tan con sientes: gastos por los daños o lesiones que puedan sufrir las personas mientras se encuentren de visita en nuestro hogar.

En Puerto Rico es muy común el invitar gente a la casa a fiestas, cumpleaños, aniversarios, graduaciones, en fin, todo tipo de celebraciones.  Sin embargo, en  cualquiera de estas alegres ocasiones puede haber una situación que te ponga en riesgo de una demanda como propietario de la residencia.  Por ejemplo: si alguien se cae, alguien se envenena con la comida, tu perro lo muerde, o le cae en la cabeza una rama grande de un árbol en tu patio.  Por cualquiera de estas situaciones, el dueño de la propiedad podría enfrentar una demanda.  Las demandas son cada día más comunes en Puerto Rico, y desafortunadamente pueden afectar la situación económica de una familia.

A veces tenemos un falso sentido de seguridad ya que tenemos una póliza de seguro.  Sin embargo, si los límites de responsabilidad civil en la póliza no son lo suficientemente altos, el propietario de la casa lo puede perder todo.  Un fallo judicial adverso puede quitarle su casa, dejando al dueño y a su familia en la calle. 

Para evitar este tipo de situación desagradable, es importante, primero, tener una póliza de seguro de responsabilidad, y si la tiene, cotejarla periódicamente.  La póliza de hogar que compraste hace diez, cinco, o inclusive un año atrás, puede que no tenga la suficiente cobertura de responsabilidad civil para protegerte en caso de una demanda.  Revisa tu póliza de seguros anualmente.  No se confunda si tiene una póliza de La Corporación del Fondo del Seguro del Estado esta solo le cubre si tiene una persona trabajando en mejoras al hogar o trabajos de mantenimiento, no de visita en su casa.

En términos generales, los seguros de propiedad cubren lo siguiente:

  • Daños estructurales: daños a la estructura de la casa y construcciones incluidas en la propiedad, como garajes.
  • Propiedad personal: incluye el costo de daños a propiedades personales dentro de la casa como muebles, artículos y enseres eléctricos del hogar, y ropa.  Es recomendable hacer una lista y retratar sus posesiones para tenerlas documentadas por si necesitas hacer una reclamación.
  • Responsabilidad: Protege contra pérdidas financieras si el propietario o sus familiares y personas que viven con el son encontrados responsables por lesiones corporales o daños a la propiedad de otras personas.  Por ejemplo, si un invitado se accidenta en tu casa y decide demandarte, este es el seguro que te cubre.
  • Gastos médicos: cubre costos médicos de personas que reciben lesiones corporales estando en tu casa, y cubre también, por ejemplo, si alguien es mordido por tu perro aunque no haya sucedido dentro de tu propiedad.
  • Perdida de uso: esta cobertura paga por los gastos de vivir fuera de tu casa mientras esta es reparada y esta inhabitable.

Al comprar estas pólizas es muy importante asegurarse que la cobertura sea apropiada.  Por ejemplo, se debe estimar correctamente cual sería el “costo de reemplazo” de la vivienda, que es la cantidad máxima que la aseguradora se compromete a pagar si hubiera que reconstruir o reparar la casa.

Asegúrate de estar bien asegurado.  Es la mejor manera de protegerte a ti y a los tuyos en caso de cualquier situación desagradable que ocurra en tu propiedad.

Pedro J. Durán
Representante Autorizado
Seguros MAPFRE
Tel: 827-0505/868-3002

 

 

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